CONSEJO DE HERMANDADES VEJER DE LA FRONTERA
Los fines de los Consejos Locales de Hermandades y Cofradías
según el directorio diocesano de hermandades y cofradías son:
1º.- Coordinar los fines propios de las Hermandades y Cofradías cuando
actúen conjuntamente.
2º.- Mantener, alentar, fomentar y esforzarse por actualizar el espíritu
religioso tradicional de las Hermandades y Cofradías en todas las manifestaciones de sus actividades y de forma especial en los actos de cultos, cumpliendo las disposiciones de la Iglesia.
3º.- Desarrollar las directrices que emanen de la autoridad eclesiástica
en relación con las Hermandades y Cofradías y ejecutar cuantas disposiciones debidas a la misma guarden relación con sus fines y ámbitos.
4º.- Promover la unión y mutua colaboración entre las Hermandades y
Cofradías: organizando actos religiosos, formativos y culturales, para todos los cofrades y en especial para los miembros de sus respectivas Juntas de Gobierno, fomentando entre ellas la unión
fraterna y promoviendo obras conjuntas de caridad.
5º.- Velar para que la celebración de actos formativos, culturales y de
promoción de las Hermandades y Cofradías, sin menoscabo de su justa autonomía, se coordinen atendiendo a la pastoral de conjunto que debe presidir toda acción cofrade, y de manera particular la
que pueda proponer el Delegado Episcopal para las Hermandades y Cofradías y el
Secretariado Diocesano de Hermandades y Cofradías.
6º.- Velar por la preservación del sentido religioso cristiano de las
procesiones, romerías y otras expresiones de religiosidad popular promovidas por las Hermandades y Cofradías.
7º.- Representar y gestionar ante las entidades y organismos públicos
y privados lo que al derecho o al interés común de las Hermandades y Cofradías convenga.